Avanza en la corriente legislativa el proyecto que establece una nueva metodología para el cálculo del canon que pagan los concesionarios por el uso de las frecuencias del sistema radioeléctrico nacional.
Con 48 votos a favor y 3 en contra los diputados votaron esta mañana en primer debate el proyecto 24461, el cual propone una actualización del canon que pagan las empresas de radio y televisión por el uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico nacional.
Con esta ley se establece que el cálculo del canon se realizará en relación con los ingresos de los medios obtenidos por la explotación de las frecuencias.
De esta manera se establece una tarifa máxima de 7,73% de los ingresos para las concesiones de radio difusión televisiva y un 3,13% para los de radio difusión sonora.
Estarán exonerados del pago del canon los concesionarios de servicios de radiodifusión televisiva cuyos ingresos brutos anuales no superen los cien salarios base (entre ¢470.000 y ¢525.000). Esta exoneración incluye a las personas jurídicas sin fines de lucro inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, así como a las entidades sin fines de lucro que cuenten con declaratoria de carácter informativo, cultural o recreativo emitida por el Ministerio de Cultura y Juventud.
El pago del canon se calculará de la siguiente forma
PAGO DE CANON TELEVISORAS
- 4,39% sobre el exceso de 100 salarios base y hasta los 216 salarios base de ingresos brutos anuales.
- 6,17% sobre el exceso de los 216 salarios base y hasta los 1298 salarios base de ingresos brutos anuales.
- 7,73% sobre el exceso de los 1298 salarios base de ingresos brutos anuales.
PAGO DE CANON RADIOS
- 1,51% sobre el exceso de 100 salarios base y hasta los 216 salarios base de ingresos brutos anuales.
- 2,52% sobre el exceso de los 216 salarios base y hasta los 1298 salarios base de ingresos brutos anuales.
- 3,13% sobre el exceso de los 1298 salarios base de ingresos brutos anuales.
El periodo de cálculo comprenderá del 1 de enero al 31 de diciembre y el pago se dividirá en cuatro tractos a pagar en los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre.
La iniciativa sería votada en segundo debate esta próxima semana, si no se concreta un envío a consulta constitucional que resonó en pasillos legislativos tras la votación en primera instancia






